lunes, 12 de mayo de 2014

EL CONTRATO DE ALQUILER




Entre (propietarioLocador):........................................................, D.N.I. Nº..................................., con domicilio legal y fiscal en calle...........................................................Nº -----, Departamento....................., Provincia de ...............................Mendoza, en adelante, el LOCADOR, y
................................................................................................................................................. D.N.I..............................., con domicilio en calle.................................................................... Nº......................., Barrio.........................., Departamento de.............................................., Provincia de.................................., en adelante el LOCATARIO, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación, que se regirá por las disposiciones de la ley 23.091 y sus modificatorias y por las siguientes cláusulas especiales:

PRIMERA: El Locador cede en locación al Locatario, y éste acepta de conformidad, un Inmueble en el estado en que se encuentra, ubicado en:................................................................................................................................................................................................................................................................................................, el mismo tiene como destino:........................................................... . Las características principales de dicho inmueble como así también todos los artefactos y accesorios se detallan a continuación:...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... El Locatario declara su plena y absoluta conformidad respecto del estado de uso y conservación del local que toman en locación, por haberlo revisado, recorrido e inspeccionado acabadamente en todas sus instalaciones, artefactos y accesorios de todo tipo. El local se denominará en adelante a sus efectos del  contrato “EL INMUEBLE”. El inmueble se entrega libre de todo ocupante y con todos impuestos, tasas y servicios al día. El Locatario se obliga a restituir el inmueble al Locador, al vencimiento del plazo de vigencia del Contrato, en condiciones de uso inmediato, con todo cuanto constituye inmueble por accesión, incluidas las instalaciones de vidrieras, puertas con sus cristales, instalaciones sanitarias y eléctricas, en el  mismo estado y con la pintura, pisos, revestimientos, iluminación y accesorios tal como los recibió; con mas todas las mejoras que el Locatario le hubiere incorporado, las que quedaran en beneficio exclusivo del  Locador y del inmueble, sin cargo alguno par el Locador ni derecho a reembolso para el Locatario. El Locador autoriza; al Locatario en éste acto, para que el mismo realice todos los trabajos de refacción, remodelación, instalación, decoración, y todas aquellas mejoras que el Locatario estimare conveniente para el mejor funcionamiento de su actividad comercial y administrativa; siempre que se respeten las disposiciones municipales vigentes.
 
SEGUNDA: Queda convenido que el inmueble será destinado por el Locatario exclusivamente y en forma continua e ininterrumpida por cuenta propia ó ajena ó asociada a terceros, a.....................................................;
TERCERA: El precio del alquiler mensual del inmueble se pacta de común acuerdo entre las partes en la suma de Pesos: $...........................................................

CUARTA: El alquiler será abonado por el Locatario, por adelantado del.......................... al.............................. de cada mes, en el domicilio que fija el Locador por el presente, sito en calle................................. Nº.........., Departamento......................., Provincia de....................................... Vencido el plazo de pago, el Locatario abonará por cada día de mora en el pago del alquiler un interés punitorio equivalente a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina para descuentos de documentos; tomando como base de capital el alquiler mensual, en el mes que se produzca la mora, y con capitalización mensual de intereses devengados. La mora se producirá en forma automática, sin necesidad de intervención judicial ó extrajudicial alguna, por el mero vencimiento del plazo, según los términos del artículo 509 del Código Civil. El alquiler se pacta por periodo de mes entero y la falta de pago 2 (dos) meses de alquiler consecutivos será causal de rescisión del Contrato por culpa del Locatario.

QUINTA: El plazo de vigencia del Contrato se pacta en............. años (..... meses) contados a partir del día................ del mes de...............del año ........... con lo que el Contrato vencerá, indefectiblemente, el día.........del mes de.......del año.........., en forma perentoria, improrrogable y de pleno derecho, sin necesidad de notificación ó requerimiento alguno, judicial ó extrajudicial, por parte del Locador ó de sus apoderados..

SEXTA: Concluido el Contrato por cualquier causa, el Locatario solo podrá justificar la entrega de las llaves y la restitución y/o devolución del inmueble, completamente desocupado,   mediante  documento  suscripto  de  conformidad   por   el   Locador   ó   sus representantes. En tal sentido, no se admitirá otro medio de prueba. El Locatario deberá restituir el inmueble en el mismo estado en que lo recibió; con todos sus accesorios y con más las mejoras introducidas en él, si fuere el caso, en buen estado de uso y conservación. El contrato es intransferible, ya sea por comodato, subarriendo, asociación ó cualquier otra figura jurídica similar ó análoga; y el Locatario renuncia expresamente y en  forma irrevocable al ejercicio del derecho que le acuerda el artículo 1598 del Código Civil. La infracción a ésta prohibición no será oponible al Locador, y lo facultará a éste a aplicar las sanciones pactadas y a rescindir el Contrato de pleno derecho.

SEPTIMA: La totalidad de los impuestos, tasas, servicios y contribuciones que devengue el inmueble por AySAM, Municipalidad (servicios a la propiedad raíz, y por derechos generales de comercio ó patente municipal), Energía Eléctrica (EDEMSA), gas (ECOGAS), emergentes ó no de la relación locativa, creados ó por crearse, correrán a cargo exclusivo del..............................., como así también, el pago de todos los impuestos, tasas, contribuciones y otros que graven la actividad comercial que lleve a cabo el Locatario, en el Inmueble. Dichos impuestos, tasas, servicios y contribuciones, deberán ser pagados por........................., en ocasión de sus vencimientos. Si los alquileres fueren gravados en el futuro con impuestos ó gravámenes de cualquier tipo ó índole, nacionales, provinciales y/o municipales, los mismos serán soportados en forma exclusiva por el Locatario. El pago del impuesto inmobiliario de la unidad locada será por cuenta y cargo exclusivo del...................................

OCTAVA: El Locatario toma a su exclusivo cargo y costo, los daños, las reparaciones, desperfectos y/o roturas de cualquier naturaleza, y que por cualquier causa ó motivo, se produzcan en el inmueble, en sus instalaciones y cañerías eléctricas, sanitarias, cloacales, desagües pluviales, fluviales, y/o accesorios o artefactos de cualquier tipo, y la obligación de mantener el inmueble en buen estado de uso, conservación e higiene. El inmueble se encuentra recién pintado y deberá ser devuelto en la misma condición.-

NOVENA: El Locador no se responsabiliza, y el Locatario lo libera de toda responsabilidad civil, penal y laboral, por los daños y perjuicios que por cualquier causa ó motivo pudieren producirse a cualquier persona ó cosas de propiedad del Locatario, ó a terceros ó a cosas de terceros, originados por el desenvolvimiento  de la actividad propia del Locatario, ó sus empleados, ó dependientes, ó familiares, ó los derivados del caso fortuito ó de fuerza mayor.---

DECIMA: En caso de incumplimiento por el Locatario de cualquiera de sus obligaciones asumidas en el Contrato, el Locador deberá intimarlo a cumplir fehacientemente, mediante carta documento, dentro del plazo de 15 (quince) días corridos. Vencido este plazo sin que el Locatario hubiese cumplido la obligación a su cargo, tal circunstancia dará derecho al Locador a rescindir el Contrato, sin necesidad de ningún tipo de interpelación judicial ó extrajudicial, ni constitución en mora.-

DECIMO PRIMERA: En caso que el Locatario no cumpliere con las obligaciones a su cargo nacidas del Contrato ó no permitiere al Locador disponer y/o arrendar el inmueble una vez vencido ó rescindido el Contrato, el Locatario abonará al Locador, en concepto de multa, el alquiler mensual que corresponda, con más un incremento mensual y acumulativo, fraccionables por días y tiempo de atraso, equivalente a un 30 % (treinta por ciento) adicional, mientras dure la ocupación ilegitima, y hasta que el Locador hubiere recibido el inmueble a su conformidad. El incumplimiento por el Locatario, facultara al Locador a accionar contra el Locatario y los garantes, por los daños y perjuicios causados por la mora y/o la ocupación ilegitima.


DECIMO SEGUNDA: El Sr. …………………………………, L.E. Nº …………….., C.U.I.T. Nº ………………….., argentino, mayor de edad, hábil, con domicilio real y legal en calle ………. Nº ………., Barrio “..............", del Departamento de Luján de Cuyo (C.P. 5507), Provincia de Mendoza, y el Sr. ………………….., D.N.I. Nº ……………………, argentino, mayor de edad, hábil, con domicilio real y legal en calle ………. Nº ………., Barrio Privado “………….”, del Departamento de Luján de Cuyo (C.P. 5507), Provincia de Mendoza,  se constituyen, en forma exclusiva, con todos sus bienes, muebles e inmuebles, sus acciones y activos, en GARANTES, CODEUDORES Y FIADORES; solidarios, lisos, llanos y principales pagadores de la presente Locación, con renuncia expresa a los beneficios de excusión  y división que le/les acuerda la ley, del importe de los alquileres y de toda y cada una de las obligaciones contraídas por el Locatario con motivo del presente contrato; incluidos los gastos judiciales a que hubiere lugar, hasta que el Locador reciba las llaves y el Inmueble de conformidad y enteramente desocupado. El incumplimiento del Locatario de cualquiera de sus obligaciones contraídas, hace que la mora se produzca de pleno derecho respecto de los Garantes y Fiadores, sin necesidad de interpelación ó intimación judicial ó extrajudicial alguna. Los Garantes renuncian en forma expresa e irrevocable a cualquier forma de extinción de sus obligaciones asumidas en el presente contrato. Los Garantes y/o Fiadores responderán, también, por los defectos, destrucciones y/o roturas que el Locatario produjera en el Inmueble, hasta tanto el Locador reciba las llaves a entera satisfacción. Esta garantía continuará como válida, aún después de vencido el plazo de vigencia del Contrato; aún cuando el Locatario continuare la ocupación por prórroga legal ó cualquier otra causa.------


DECIMO TERCERA: Las Partes y los garantes, convienen someter cualquier cuestión judicial emergente del Contrato, a los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, renunciando a todo fuero ó jurisdicción que pudiera corresponderles; en especial, el fuero federal.--------------------------------------------------------

DECIMO QUINTA: El Locatario podrá rescindir el presente Contrato de Locación, después de transcurridos los primeros 6 (seis) meses de vigencia del mismo, en cuyo caso el Locatario deberá dar aviso al Locador ó sus representantes con 60 (sesenta) días corridos de anticipación a la fecha de la rescisión, mediante telegrama colacionado, conforme a lo establecido en el articulo 8 de la Ley N° 23091 y sus modificatorias.----------------------------

DECIMO SEXTA: El sellado del presente Contrato, será abonado por ambas partes por mitades iguales.-------------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad, se firman 3 (dos) ejemplares de 05 (cinco) hojas cada uno, de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Mendoza, quedando el original con el sellado de ley en poder del Locador, a los 15 días del mes de Mayo del año 2.008 ante la Notaria María Magdalena Analla, titular del Registro Notarial N° 425 de Capital, con domicilio en calle Primitivo de la Reta Nº 1.001, Primer Piso, Departamento de Capital, Provincia de Mendoza,  quien certifica las firmas de las partes.-----------------------------------




....................................................                                   .....................................................
“LOCADOR “                                                              “LOCATARIO”
Sr. ……………………………..                              P/……………………………………..
D.N.I.  Nº ……………                                                     C.U.I.T.  .........................
C.U.I.L. ………………….                                                …………………………..
                                                                                 D.N.I. Nº ………………




.....................................................                                …………………………………….                 
“GARANTE 1”                                                             “GARANTE 2”
Sr. …………………………………                             Sr. ………………………………
L.E. Nº ……………………                                         D.N.I. Nº ………………………         


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